Para asesorar, apoyar y, en su caso, representar jurídicamente a los integrantes de la comunidad universitaria, respecto de los conflictos que se cometan por exceso o defecto en la aplicación de la Legislación Universitaria. Consulta el Reglamento de la Defensoría
Analiza el caso y propone la solución mas adecuada para cada asunto. Hay varias maneras de resolver los asuntos: mediando, conciliando, asesorando, canalizando, o bien, iniciando un procedimiento de queja.
En primer lugar, debes conocer cuáles son tus derechos señalados en el Estatuto Universitario (artículos 27 (alumnos), 29 (personal académico) y 31 (personal administrativo)), y en segundo lugar, que exista un acto u omisión en contra de los mismos, por parte de cualquier integrante de la comunida universitaria. Ver Estatuto Universitario
En la página web de la UAEMéx en el apartado de la Abogada General
Sí, siempre y cuando dicho trato represente una violación a tus derechos como universitario, o en su caso, que éstos no cumplan con las obligaciones que la Legislación Universitaria asigna al personal académio y/o administrativo.
Sí, ya que es necesario acreditar la calidad de alumno (a). En caso de no contar con ella, podrá realizarse el trámite con credencial oficial vigente.
Sí, es obligación de los alumnos (as) realizar personalmente y en tiempo los trámites y pagos administrativos. Por causas de fuerza mayor podrá nombrarse un representante, conforme a los requisitos establecidos por el espacio académico.
- 80% de asistencias durante el curso.
- Un promedio no menor a 8 puntos en las evaluaciones parciales y que estan comprendan la totalidad de los temas del programa de la materia.
El Reglamento de Facultades y Escuelas Profesionales en su artículo 245, señala la forma de valorar el tipo de sanciones y cómo se castigaría en cada caso concreto, estableciendo que la sanción será proporcional a la gravedad de la falta. En el caso de expulsión definitiva, ésta solo podrá ser impuesta por el H. Consejo Universitario, previa solicitud del Consejo de Gobierno y dictamen de la Comisión de Responsabilidades y Sanciones del propio H. Consejo Universitario.
Cuando se admite la queja se hace del conocimiento de la autoridad presuntamente responsable, es decir, si la queja es contra un profesor (a), se hace del conocimiento del director (a) del espacio académico a fin de que rinda un informe sobre los hechos.
La Defensoría no posee la atribución de sancionar, puesto que la Legislación Universitaria establece un procedimiento específico para ello, en este caso, serán los HH. Consejos de Gobierno o Universitario que son los órganos responsables de imponer sanciones.
Sí, con base en el incumplimiento a lo establecido por el artículo 30, fracciones ll y Vll del Estatuto Universitario.
Sí, con base en el incumplimiento a lo establecido por el artículo 30, fracciones ll y Vll del Estatuto Universitario.
Sólo podrá cursarse hasta en dos ocasiones cada una de las unidades de aprendizaje (sean optativas u obligatorias) del plan de estudios de nivel superior o del nivel medio superior. Es importante conocer que en caso de reprobar la unidad de aprendizaje obligatoria en la segunda ocasión, causa la cancelación de la inscripción de manera definitiva en la institución.
El promedio que establezca la convocatoria respectiva.
El personal Académico de la UAEMéx tiene la obligación de implementar las actividades propias de su nombramiento y aquellas relativas al trabajo académico a su cargo, asimismo cumplir los programas de estudio respecto de las asignaturas que imparta e intervenir en las evaluaciones de los procesos de enseñanza-aprendizaje (Arts. 30 fracc. ll, lV y Vl E.U.). Es por ellos, que al no respetarse los criterios establecidos para la evaluación y como consecuencia se suscrite un impacto negativo en el alumnado, se debe hacer del conocimiento (por escrito) de los servidores y autoridades del espacio académico atendiendo a su jerarquía (coordinadores, subdirector, académico y Director) a fin de que pueda otorgársele el tratamiento necesario.
No, es necesario que el usuario proporcione sus datos, mismos que serán resguardados bajo el aviso de privacidad de la UAEMéx.
Diariamente el personal de la Defensoría de los Derechos Universitarios atiende las solicitudes realizadas vía internet, mismas que se analizan de manera conjunta por parte de un Defensor (a) Universitario (a) y alguno (a) de los secretarios (as), quienes se pondrán en contacto con el quejoso a través de los datos proporcionados.